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domingo, 24 de junio de 2012

LA AUTONOMÍA NO ESTÁ REGISTRADA COMO PROPIEDAD DE AUTORIDADES DE LA UNIVERSIDAD DE CARABOBO


DR. MIGUEL PATACÓN N.

Con los hechos acaecidos el 16 de Abril con motivo de la designación y juramentación de Decana (E) de la Facultad de Ciencias de la Educación de la Universidad de Carabobo, a propuesta de la rectora de nuestra máxima casa de estudios Jessy Divo de Romero y, demás integrantes del Consejo Universitario,  pareciera ser el dispositivo para despertar la psyche de lo que esto significaría para la autonomía de las universidades. La autonomía como categoría, tiene sus complejidades, por tanto no se debe manejar de manera superficial, pues la misma tiene en su estructura epistémica, elementos de fondo que no pueden ser ignorados por las  autoridades universitarias en su afán reduccionista de hacer uso de la misma en forma del más absurdo cliché, demostrando la más profunda ignorancia en lo que a esta tematización se refiere.  Vista así la autonomía que se quiere presentar ante la comunidad universitaria, no es más que un simple pretexto para la lucha política en búsqueda del poder personal; en nada la institución universitaria es beneficiaria de esta praxis, por el contrario, la autonomía utilizada de esta manera, se presenta como una especie de arma secreta, que una vez lanzada apunta en direcciones tan variantes y cambiantes como la coyuntura política misma. Esto último, ha sido deliberadamente aprovechado por las actuales autoridades universitarias, en la consecución de fines que son contrarios a los más altos intereses de la institución.

Si en algo existe coincidencia, es en lo referente a la base gnoseológica que explica y define a la autonomía: “la libertad de pensar y expresar lo pensado”, acción inherente al sujeto histórico, actividad humana que aparece con antelación a los textos jurídicos considerados estos  como reguladores de la actividad de intersticia social. Pero los textos legales poco aluden a la libertad de pensar, porque su propia naturaleza parece estar protegida de las agresiones exteriores. El poder, ha sido siempre en gran medida el enemigo implacable de la libertad, manifestando su interés sólo cuando lo que piensan los ciudadanos comienza a convertirse en acción común. Todos nosotros hemos sido testigos en innumerables ocasiones de la más enfáticas apelaciones a la autonomía universitaria, por las más diversas personas y grupos que se aferran a esta, en tanto sus intereses experimentan amenazas a ciertos privilegios y sin embargo, casi nunca hemos visto ni oído, que se intentara siquiera precisar en qué consiste, qué significa, cuál es su contenido, su corpus, cuáles son sus límites y es por ahí, por donde hay que empezar.

La autonomía no es, un concepto indescifrable; como todo concepto jurídico, el de autonomía es el resultado de una praxis histórica, pero al mismo tiempo un instrumento de trabajo. Por lo tanto es importante saber la forma fagocitaria en que aparece rodeada de los contornos míticos como elementos de dotación para su uso y abuso en el tráfico político cotidiano. De lo que se trata es intentar precisar, en primer lugar, su origen y desarrollo históricos con el fin de poder tipificar con rigurosidad los perfiles técnicos-concretos que le corresponden como instrumento operativo de acuerdo a las nuevas realidades sociales.

El histórico ha demostrado que el concepto de autonomía se refiere a un cierto poder de autodeterminación y por analogía, de autogobierno, al respecto Gadamer afirma que la autoridad no se otorga sino que se adquiere; reposa sobre el conocimiento, sobre una acción de la razón. Nada tiene que ver con la obediencia ciega de comando, la autoridad tiene que ver en realidad con conocimiento y, esto a mi juicio es lo que ha faltado en la gerencia universitaria. La autonomía, se reconoce para la satisfacción de un conjunto específico de necesidades a satisfacer que la justifican, al tiempo de contribuir a precisar sus límites concretos. Es pues, sin lugar a dudas un poder limitado en su funcionalidad, que comprende todas las facultades necesarias de la vida universitaria u ordenamiento particular de lo que se regula y que reconoce, en consecuencia, existe un límite en la existencia misma del ordenamiento general y superior en la que la universidad se inscribe, sin el cual o más bien fuera del cual no puede siquiera ser concebida.

Lo anterior, refiere con cierta claridad que la autonomía hace referencia a un poder limitado. En efecto, autonomía no es soberanía, porque aún este poder de autodeterminación propios de los estados-nación, en su ordenamiento territorial, tiene también sus límites, lo cual se expresa desde la dimensión de la parte y el todo. La autonomía existe y por lo tanto se reconoce a la institución universitaria, en la medida misma en que exista en su seno una necesidad particular que sólo de esa forma pueda ser satisfecha con un rango de amplitud como sea necesario para alcanzar ese objetivo. Lo anterior lo explica de manera contundente el Artículo 109 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela el cual señala taxativamente: “El estado reconocerá la autonomía universitaria como principio y jerarquía que permita a los profesores, profesoras, estudiantes,  egresados y egresadas de su comunidad dedicarse a la búsqueda del conocimiento a través de la investigación científica, humanística y tecnológica, para beneficio espiritual y material de la nación. Las universidades autónomas se darán sus normas de gobierno, funcionamiento y la administración eficiente de su patrimonio bajo el control de la vigilancia que a todos los efectos establezca la ley”. Con esta cita intentamos demostrar la existencia de hecho de las necesidades a satisfacer por las universidades autónomas, contenidas en el texto constitucional. Con esto lo que intentamos precisar, primero que la autonomía universitaria se fundamenta en el orden peculiar de las necesidades que la justifican, esto creemos ha quedado demostrado y lo segundo se refiere a la precisión de sus límites; sólo de esta manera, combinando el resultado de ambos análisis, estaríamos en posesión de hacernos una idea lo suficientemente clara y precisa de su ámbito concreto, de sus fortalezas y debilidades, y de lo que estamos en condiciones de exigir y de lo que legítimamente podemos esperar de la autonomía.     

Consideramos que las opiniones aisladas de las autoridades universitarias y de algún otro integrante de la misma comunidad soslaya de manera ex profesa los principios básicos para el convivium, dentro de un clima de armonía y de paz, las autoridades se niegan a reconocer los principios de otredad y alteridad. El primero está referido al reconocimiento del otro como sujeto, situación de vida que se niega en el abuso de poder y el segundo como interlocutor válido que no se reconoce; por asumir el poder con sentido absoluto, forma característica de la edad media, cosa contraria a lo que es el ser de la universidad que es pluralidad, diversidad, criticidad, y pensamiento complejo. Cuando estos principios se violentan o se ignoran es inevitable la disfuncionalidad de la institución. Entendemos se requiere de acciones a lo interno y externo de la universidad, donde la autonomía se reconozca no como una entelequia, sino como algo tangible para el desarrollo de la arquitectura organizacional de la universidad. Posibilitando así la permeabilidad de cualquier mecanismo susceptible de perfeccionar sus controles, sin que logre quedar la menor duda en lo referido a su administración en el sentido más laxo del término. Esta sería una de las tantas formas de defender la autonomía universitaria.

Finalmente, la autonomía no es patrimonio de personas o grupos en especial, ni siquiera de los miembros de la comunidad universitaria y aún menos de las autoridades rectorales,  más bien la universidad por sus mismas características de prestataria de servicios para satisfacer necesidades reales (Formación de talento humano) es como la racionalidad necesaria y suficiente para que la autonomía esté situada por encima del mismo espacio donde se inscribe, entendida así, la autonomía debe plantearse, como para lo que sirve, para satisfacer necesidades y resolver problemas que las distintas fenomenologías que demanda el tejido societal. Por tanto, la autonomía es un problema que compete a todos los ciudadanos, sin discriminación alguna. Aspiramos con estas líneas, contribuir a que esta universidad abra los espacios a todos los sectores para el debate y propuestas a cerca de la autonomía universitaria, que hoy emerge como discusión obligatoria en el escenario nacional y regional.

Invitamos a las autoridades universitarias de la Universidad de Carabobo, a debatir el tema de la autonomía, en los espacios que la misma universidad tiene para ello. Esperamos de ustedes una respuesta, ante tal planteamiento, estamos seguros que la comunidad universitaria, mostraría el interés por la importancia del tema en cuestión.

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