Valencia
septiembre de 2012
Profesora Jessy Divo de Romero
Rectora Presidenta y Demás Miembros
del
Consejo Universitario de la
Universidad de Carabobo
Quien suscribe Dr. Manuel Martínez
Bunicón portador de la cédula de identidad 7.184.645 profesor titular de la
Universidad de Carabobo, Jefe del Departamento de Evaluación y Medición,
miembro principal del Consejo de la Facultad de Ciencias de la Educación de la
Universidad de Carabobo, hago de su conocimiento algunas consideraciones sobre
la convocatoria al concurso de oposición en la Facultad de Ciencias de la
Educación que emerge de forma inesperadamente contraria a toda pauta de
convivencia y respeto académico, por lo que por mi condición profesional y
personal me veo obligado a fijar mi visión y humilde análisis a fin de levantar
un escenario de reflexión para que se corrijan los posibles errores, omisiones
o cualquier irregularidad de las que me atrevo a señalar y que mi único
objetivo es que se concreten acciones para evitar juicios que dañarían la
institucionalidad universitaria, a no ser que usted o a quien corresponda me
pueda aclarar el por qué de cada situación que inmediatamente comienzo a
describir:
1.- No está clara la convocatoria para cada concurso
y por tanto hay trato diferenciado a los concursantes, por ejemplo hay áreas de
conocimiento donde las asignaturas son agrupadas en un solo conjunto y la
convocatoria es para todas las asignaturas en forma global (un solo concurso,
un solo jurado especializado en todas las asignaturas que en muchos casos
pertenecen a esferas diferentes de especialización) con varios cargos (CASOS: Competencias en Educación para el Trabajo,
Sociología y Antropología, Geografía, Metodología, Fundamentos de la
Orientación, Métodos de Investigación en Orientación, Técnicas de Orientación,
Áreas de Acción, Unidad de Pasantías, Fonética y Fonología, Práctica del Idioma
Inglés, Lingüística y Gramática del Inglés, Currículo en Educación Infantil, Desarrollo y
Evaluación Infantil, Investigación en Educación Infantil, Plataforma
Computacional, Sistema, Biomédica,
Ciencias Aplicadas, Técnico Docente, Técnico Deportivo, Celular Molecular,
Gerencia Cultural de Artes Plásticas, Pedagogía de las Artes, Teoría de la Música,
Pedagogía de la Música, Proceso Metacognitivo, Educación para la Vida, Ciencias
Exactas, Geometría y Física, Cálculo, Lógica Matemática, Álgebra, Gramática
Española, Práctica de la Expresión Francesa, Informática Educativa, Programación y Datos, Investigación y Didáctica). mientras que en otras áreas de conocimiento
se separan los cargos por asignaturas, son concursos diferentes y jurados
diferentes (CASOS: Práctica Profesional
I, II, III). En este sentido, considero
que los criterios deben unificarse para la convocatoria al concurso, de lo
contrario el trato es desigual porque en los primeros casos nombrados donde la
convocatoria es global, hay enfoques multidisciplinarios que requieren de
procesos de complementariedad y complejidad muy distantes de los segundos casos
precitados que son disciplinarios y ello coloca en diferentes condiciones a los
concursantes de uno u otro caso, aún cuando no existe ninguna justificación
para aplicar discrecionalmente criterios tan diferentes en situaciones análogas,
lo que se puede corregir unificando los mismos criterios en esos casos y algún
otro no señalado.
2.- Sin pretender elevar una consideración como
especialista de todas las áreas, me atrevo a reflejar algunas consideraciones
que podrán analizar en consulta con los expertos de cada área y asignatura. Así
pues, se observa que las áreas donde las asignaturas son agrupadas en un solo
conjunto y la convocatoria es para todas las asignaturas en forma global (un
solo concurso, un solo jurado especializado en todas las asignaturas); hay
dificultad para los concursantes al no estar claro si el concurso comprende
todas las asignaturas o posteriormente se diversifica por similitud. Esto no ha quedado claro para los aspirantes;
por ejemplo yo he recogido algunas interrogantes de profesores, incluso
contratados de largo tiempo de contrato en cada área que refiero, que
manifiestan inquietud y angustia porque hay áreas de conocimiento con
asignaturas muy especializadas que nunca han sido consideradas para ser dictadas
por el mismo docente y que en la convocatoria del concurso parece que estarán
en un mismo examen de conocimiento; por ejemplo: en el área de Competencias en
Educación para el Trabajo (2 cargos) las asignaturas son: Estrategias
de Aprendizajes en Educación para el Trabajo, Dibujo, Administración de
Oficina, Desarrollo de Procesos Comunicacionales, Fundamentos de Administración
y Educación para el Trabajo, Gerencia de Instituciones Educativas y Creatividad
y Educación para el Trabajo; todas tienen condiciones de desarrollo
competencial diferente, aunque algunas son vinculantes con otras, se distinguen
asignaturas que son de especialistas distintos, como es el caso de gerencia y
dibujo, o dibujo con cualquier otra del área; entonces solo falta imaginar si
el examen escrito se centra en contenidos de la asignatura dibujo, el
profesional especializado en gerencia, educación para el trabajo, creatividad y
demás asignaturas, estará en clara desventaja en ese examen; igual puede
ocurrir si no se consideran los contenidos de la asignatura dibujo para el
especialista de ella; por cierto otra irregularidad es que en la publicación de
los concursantes por área de concurso, fueron eliminadas Dibujo y Desarrollo de
Procesos Comunicacionales sin ninguna publicación que explicara la situación o
resolución del Consejo de Facultad.
En Pedagogía de las
Artes Teoría de la Música, Pedagogía de la Música los concursantes se
inscribieron por asignatura y no por área de conocimiento como ocurre en la
mayoría de los casos, esto es irregular en la aplicación de criterios
diferentes a situaciones análogas.
En Sociología y
Antropología (7 cargos) las asignaturas son:
Módulo: Acción Social y Participación Comunitaria, Problemática Social
de América Latina, Sociología de la Educación, Estructura Sociopolítica,
Antropología Cultural y Seminario Identidad Cultural Popular. Se distinguen diferentes áreas de
competencias, sociología, antropología, cultura; en consecuencia todo parece
indicar que el concursante tendrá una prueba de conocimiento de todos los
contenidos de las asignaturas o también pudiera entenderse un sesgo hacia
algunos contenidos que pudieran perjudicar o beneficiar a participante alguno.
En Fundamentos de la
Orientación (7 cargos), las asignaturas son:
Módulo: Área Educación en Salud Integral, Teoría Social y
Orientación, Fundamentos de la
Orientación I, Fundamentos de la Orientación II, Crecimiento Personal y
Desarrollo Humano y Salud Mental; encontrando
por lo menos competencias para salud integral, orientación, desarrollo humano y
salud mental, es arduo conocido que son contenidos complementarios pero los
docentes se ubican con sus competencias profesionales en alguna de ellas, donde
han profundizado su preparación en las asignaturas y son multidiversas, como
para referir a contenidos de dominio y preparación profesional que amerite su
evaluación en conjunto.
En Áreas de Acción (2
cargos) las asignaturas son: Modelos de
Prevención, Enfoques de Rehabilitación Social y Orientación Familiar y
Sexualidad Humana. Encontrando una
situación similar a la anterior, por lo menos hay competencias específicas en
Modelos de prevención, orientación familiar y sexualidad, también es conocido
que son complementarias pero los docentes se ubican con sus competencias
profesionales en alguna de ellas, donde han profundizado su preparación en cada
asignatura y son multidiversas; puede ocurrir lo descrito en las anteriores.
En la Unidad de Pasantías (2
Cargos) se establece como criterio, que según mi opinión debería ser asumido en
todas las asignaturas que tengan continuidad, que el concursante debe
inscribirse por pasantías, eso incluye la I y la II, que es un criterio que
comparto. Se puede observar a lo largo
de la convocatoria al concurso que ese criterio es distinto al señalar en otras
asignaturas (no en todos los casos) con denominación de I, II, III y otros, que
en algunas ocasiones se convocan por separado y en otras se agrupan en un mismo
concurso; entonces hay que aclarar esta situación porque la persona que lee el
aviso no está informado adecuadamente o se aplicarán criterios diferentes a
situaciones similares, ello se debe corregir aplicando un mismo criterio y no
dejando dudas de posibles manipulaciones o descuidos que brindan trato
diferente en iguales condiciones.
En Práctica del
Idioma Inglés (6 cargos), las asignaturas son: Práctica del Idioma Inglés I,
Módulo: Desarrollo de Competencias Comunicativas I, Práctica del Idioma Inglés
II, Módulo: Desarrollo de Competencias Comunicativas II, Práctica del Idioma
Inglés III, Módulo: Desarrollo de Competencias Comunicativas III, Práctica del
Idioma Inglés IV, Módulo: Desarrollo de Competencias Comunicativa IV y
Seminario de Conversación Intermedia.
Esto debe ser consultado con los especialistas para verificar si el
concursante debe tener dominios por igual de todas las asignaturas.
En Currículo en
Educación Infantil (3 cargos), las asignaturas son: Lectura y Escritura, Educación
Lógico-Matemática y Científica, Currículum en Educación Básica y Módulo: Diseño
de Materiales Educativos. Las
competencias que se requieren en cada asignatura son diferentes, incluso hay
áreas de lectura y escritura, de matemática, de currículo y de desarrollo de
TIC`s y materiales educativos; en este caso es claramente visible como distan
unas de otras asignaturas en su existencia académica. Parece una trilogía donde el concursante
deberá presentar la prueba de conocimiento y la de aptitudes pedagógicas en
todas las asignaturas, que en definitiva son disciplinas diferentes; veremos entonces a un profesional que debe
conjugar los procesos complementarios por naturaleza de lectura y escritura con
el desarrollo de educación lógico matemática, pero además debe profundizar en
la formación de un pensamiento científico en el futuro educador, conjuntamente
con los enfoques curriculares en educación inicial y básica; completando todo
esto con el diseño de materiales educativos que es uno de los bastiones de mayor
importancia en la formación del educador del nivel de inicial y debe ser un
usuario de nuevas tecnologías de la información y comunicación de primera
línea; entiendo que esto es lo ideal (para quien elaboró la convocatoria al
concurso de esta forma) para un docente universitario del área del concurso,
pero lo utópico es difícilmente evaluable sin perjudicar a quien será el
evaluado y al haber un perjudicado también puede haber un beneficiado.
En Ciencias Aplicadas
(4 cargos) y las asignaturas son también cuatro Aprendizaje Motor,
Investigación Educativa, Análisis del Movimiento Humano y Seminario Proyecto de
Investigación. ¿son estas asignaturas integradas a un mismo concurso de forma
equilibrada? Hay que hacer la revisión.
En el área Técnico
Docente (4 cargos) para cuatro asignaturas: Educación Física, Escolar y
Adaptada; Organización y Administración de la Educación Física, Recreación y
Módulo: Educación en Salud Integral.
En el área Técnico
Deportivo (5 cargos) para cinco asignaturas: Acondicionamiento Físico Básico,
Gimnasia (F), Baloncesto, Atletismo y Futbol-Futbol Sala; Siendo asignaturas
tan diferentes en las competencias de cada una, están convocadas a un solo
concurso, pudiendo estar separados. En
este caso, se observa totalmente que un docente especialista en gimnasia
femenina dista mucho de las competencias requeridas en el resto de las
asignaturas y lo mismo ocurre con el docente especializado en acondicionamiento
físico con el resto de estas asignaturas o el de baloncesto con las demás o el
de atletismo con las demás o el de futbol-futbol sala con las otras. Entonces ¿cómo un concursante se inscribe con
verdadero dominio competencial para presentar una evaluación que al mismo
tiempo incluya gimnasia femenina, acondicionamiento físico, baloncesto,
atletismo, baloncesto, futbol, futbol sala?
¿Será que alguno de los concursantes podrá hacer valer sus destrezas y
competencias como profesor de esas asignaturas al presentar la prueba práctica
o la prueba de aptitudes pedagógicas integrando todas las disciplinas
deportivas que involucra esta área? Creo
que la respuesta es evidente y solo tiene una solución y es aplicar un criterio
bien definido en cada área y asignatura.
CONCLUSIÓN PARCIAL: Esta convocatoria es discrecional para el
jurado evaluador de las dos últimas pruebas, por ello debería ser revisada para
mejorar las condiciones a los concursantes.
Aquí puede ocurrir que un jurado pudiera hacer énfasis en asignaturas
específicas o contenidos especializados de alguna asignatura y esto colocaría
en franca desventaja a quienes son especialistas de otras temáticas y
favorecería a los especialistas de esas asignaturas. Por ejemplo, quien puede
asegurar equilibrio al elaborar el examen del área Técnico Deportivo con esas
asignaturas, o en Sociología y Antropología o en Competencias de Educación para
el Trabajo, solo como algunos ejemplos, ello sin considerar que hay otras
asignaturas de esas áreas que no están reflejadas en el concurso y que fueron
eliminadas en la convocatoria del concurso, aun cuando esta solicitud fue la
que enviaron los Departamentos.
Así mismo puede
ocurrir que se haga mayor énfasis en asignaturas que perjudiquen a algunos
concursantes y beneficien a otros, razón suficiente para reconsiderar el
estudio de esta realidad. Todo este análisis está dirigido a posibles
escenarios que no son justos para los concursantes, sin menoscabo del alto
compromiso del jurado evaluador que debe elaborar las pruebas con tal
diversidad cuando tiene asignaturas tan diferenciadas. Como profesional de la evaluación y con la
experiencia que me caracteriza en la construcción de instrumentos de
recolección de datos e informaciones y validador de pruebas, puedo afirmar que
la angustia e inestabilidad que generará en el evaluador que tenga el compromiso
de elaborar una prueba que contemple contenidos de tan diversa índole como las
descritas anteriormente, es un elemento suficiente para afirmar que una prueba
elaborada con fines de recoger información de tan diversas asignaturas, carece
de validez y de confiabilidad y por tanto sus resultados serán nefastos y no
acreditables.
3.- Al existir diferencias en los criterios para
la convocatoria de cargos con características similares, se puede estar
cometiendo irregularidades o anomalías en la convocatoria si se observan
diferencias en la publicación en áreas como:
Gerencia Cultural de Artes Plásticas (4 cargos) convocados uno por cada
asignatura: Gerencia Cultural, Módulo: Área de Cultura I, Módulo: Área de
Cultura II, Módulo: Área de Cultura II y Módulo: Área de Cultura II (el modulo:
Área de Cultura II fue convocado por separado con perfiles diferentes y los
concursantes se inscriben de manera diferente al resto de las áreas convocadas
a concurso); Pedagogía de las Artes (2 cargos) asignaturas: Módulo: Diseño de Materiales Educativos,
Didáctica de las Artes Plásticas, Módulo: Recursos y Medios Audiovisuales y
Módulo: Recursos y Medios Audiovisuales (convocada la misma asignatura: Módulo:
Recursos y Medios Audiovisuales, con dos perfiles diferentes, incluso en el
primer caso no se exigen condiciones que si se exigen en la segunda aunque son
la misma asignatura y además en el segundo caso se le permite el concurso a
personas que no se le permite en el primer caso, esto es clara diferencia en el
trato de los dos concursos).
En los siguientes
casos los cargos están separados por asignatura, pero el jurado es el mismo y
los concursantes se inscriben en el área del concurso y no por asignatura.
Proceso
Metacognitivo, (2 cargos) separados en dos asignaturas: Desarrollo de
Habilidades del Pensamiento y Creatividad y Autoestima del Educador.
Educación para la
Vida, (2 cargos) separados en dos asignaturas: Educación para el Trabajo y
Pedagogía y Didáctica de los Valores
Ciencias Exactas (2
cargos), separados en dos asignaturas: (Matemática Integral I y Matemática
Integral II) que efectivamente es contrario a lo descrito anteriormente en los
puntos 1 y 2.
Geometría y Física, (3
cargos) separados en tres asignaturas: Geometría I, Geometría III y Física I
Cálculo, (3 cargos) separados
en tres asignaturas: Cálculo I, Cálculo III
y Cálculo de Probabilidades
Lógica Matemática, (7cargos
) separados en dos asignaturas: (6 cargos para) Lógica Matemática y ( 1 cargo
para ) Didáctica de la Matemática e Historia de la Matemática
Álgebra (2 cargos) en
dos asignaturas: Álgebra I y Álgebra II
Práctica Profesional
(31 cargos) separados en tres asignaturas: (6 cargos para) Práctica Profesional I, (9 cargos para) Práctica Profesional II y (16
cargos para) Práctica Profesional III
Estadística Aplicada
a la Educación (4 cargos) separados en dos asignaturas: (3 cargos para)
Estadística Aplicada a la Educación y (1 cargo para) Análisis de Datos
Educativos.
En Investigación y
Didáctica (2 cargos) separados en dos asignaturas Didáctica de la Química y
Trabajo Especial de Grado
Celular Molecular (4
cargos) En esta área en algunos casos separan los concursos por asignaturas y
en otros los agrupan en un mismo concurso.
4.- Hay áreas en las que se observan perfiles
diferentes en convocatorias para alguna misma asignatura, por ejemplo en Gerencia
Cultural de Artes Plásticas hay perfiles diferentes para el Módulo: Área de
Cultura II, se observan dos perfiles diferentes en la misma convocatoria y a la
misma asignatura.
5.- Hay áreas que se ubica un perfil abierto al
ser comparado con otros perfiles, por ejemplo en el Módulo: Área de Salud
Integral asignatura Módulo: Área de Salud Integral el perfil es Lic. en
Educación, Profesor, Profesional en Ciencias de la Salud, dejando la
posibilidad de concurso a profesionales de la medicina, enfermería,
odontología, farmacia, fisioterapia, veterinaria, bioanalisis, por nombrar
algunas. Esto no ocurre en ninguna otra
área de los concursos. Esa diferencia
genera beneficios a algún concursante y a otro lo limita por el tratamiento
dado al perfil requerido en su convocatoria y ello pudiera considerarse una
manipulación o entonces por qué en este caso se dejó abierto el criterio de
“Ciencias de la Salud” si la asignatura es Salud Integral que debe ser tomada
por un médico o profesional educador. Otro
ejemplo es que el área Biomédica del Departamento de Educación Física a los
Médicos se les exige Especialidad en Medicina Deportiva, mientras a los demás
profesionales no existe ninguna limitante de esta naturaleza, el trato es
diferenciado hacia los aspirantes de estas áreas con título de medicina, al
Licenciado no se le exige titulo de cuarto nivel ni a ningún otro profesional
en otras áreas del concurso; solo hay exigencia del título de cuarto nivel en
el área de investigación y al médico, aún cuando hay personal docente
contratado en el área de salud integral con años laborando y no tienen los
estudios que ahora si están exigiendo cuando nunca antes fue exigido; por tanto
el perfil de la convocatoria excluyó a los médicos que estaban contratados en
esa misma área de manera injustificada.
6.- Contradicción en el perfil y la convocatoria
de diferentes cargos del mismo módulo “Módulo: Recursos y Medios
Audiovisuales”, tiene dos convocatorias con perfiles diferentes y en un caso se
le permite concursar a un profesional y en el otro no se le permite concursar
al licenciado en educación mención Tecnología Educativa, aun existiendo las
mismas condiciones.
7.- En la mención Física hay una convocatoria con
la representación del perfil con “y/o” y esto es ambiguo, casi una tendencia
general que debe corregirse porque eso ha sido un criterio en toda convocatoria
a concurso realizada por los diferentes Consejos de Facultad, es decir la
ambigüedad y/o debe ser eliminada o reconsiderada.
8.- En el concurso de las Prácticas Profesionales
II y Prácticas Profesionales III no se especifican las áreas de desempeño. Esto es que se convoca al concurso de forma
genérica, cuando la realidad es que el ganador del concurso debe responder a
competencias para evaluar prácticas profesionales de cada Mención; es de
destacar que puede ocurrir que un egresado de alguna mención resulte ganador
del concurso en las práctica III y tenga que atender a estudiantes de otra
mención, solo imaginemos que tengamos a un Licenciado en Educación Física
atendiendo a un practicante de Inglés o al contrario, el de Inglés atendiendo a
practicantes de Educación Física, o que alguna mención requiera de docentes de
práctica profesional y resulte que los ganadores sean mayoritariamente de otra
mención que se encuentre saturada. La
convocatoria debería responder a las necesidades por mención para satisfacer las
necesidades reales y la convocatoria se realizó de forma genérica para las 16
menciones en una sola convocatoria. Este
puede ser un punto de difícil tratamiento por la naturaleza de los compromisos
con cada Departamento, específicamente con Ciencias Pedagógicas, pero lo que se
requiere es sincerar las necesidades reales de recursos humanos y que los
concursos realmente satisfagan las necesidades y no un ingreso desmedido que
puede terminar por no resolver la situación dramática de ausencia y deficiencia
de docentes especializados; el interés es no dejar elementos sueltos que
perjudicarían a la institución. Estos
concursos deben responder a cada mención y no de forma general porque ello no
resuelve los problemas de deficiencia de personal docente, más cuando se impone
la necesidad de integrar personal que se vincule con las menciones que
recientemente comenzaron a egresar sus primeras promociones, de lo contrario se
generaría una incertidumbre de dimensiones desconocidas y no previstas.
9.- En el Departamento de Lengua y Literatura en
el área de Gramática Española
Asignatura Didáctica
de la Lengua y la Literatura el perfil es el siguiente “Licenciado en Educación
Mención Lengua y Literatura, Lic. en Letras, Profesor de Castellano, Literatura
y Latín, Lic. en Comunicación Social”. En este caso no se ve claramente por qué el
perfil permite profesionales diferentes a Licenciado en Educación o profesor
Mención Lengua y Literatura toda vez que se persigue ingresar a un docente para
trabajar con didáctica de la Lengua y la Literatura, entonces ¿un Licenciado en
comunicación social tiene el perfil necesario para dictar didáctica de la
lengua? Se destaca el hecho que la
didáctica es propia del perfil del educador, lo contrario es una amenaza y al
mismo tiempo un irrespeto al ejercicio profesional del docente.
10.- En la asignatura Evaluación de los
Aprendizajes se requiere del dominio de Software Estadísticos para el
tratamiento de datos y fue eliminado del perfil, aunque es una competencia
necesaria para dictar la asignatura.
11.- En el área Sistema se permite el concurso de
todos los Licenciados en Educación, mientras que en las demás áreas del
Departamento de Informática los perfiles son específicos a profesiones
vinculadas con Informática. Esta
amplitud en asignaturas de la especialidad contradicen los demás perfiles de
toda la convocatoria del Concurso en todos los Departamentos y menciones. Para ser más claro, en la convocatoria del
Departamento de Informática se lee claramente que en el perfil de la mayoría de
los cargos se establece “Licenciado en Educación”, es decir que un egresado de
cualquier mención puede concursar en asignaturas especializadas de Informática
y eso no ocurre en ninguna otra mención porque no tiene sentido académico, las
asignaturas deben ser dictadas por especialistas de esas menciones, por lo
tanto debe exigirse el perfil de la mención y no dejar abierto a cualquier
externo y de cualquier mención, por ejemplo como se justifica que un Licenciado
en Educación de cualquier mención, pueda ingresar al área de Programación y Datos,
este perfil al igual que Sistema, e informática Educativa dejan abierta la
oferta para todos los Licenciados en Educación sin importar la mención de
egreso y eso es contradictorio en lo académico y en el resto de la convocatoria
al concurso, donde todas las áreas y asignaturas exigen que el aspirante debe
ser egresado de la respectiva Mención.
12.- En la asignatura Didáctica de la Química, se
permite que profesionales de otras áreas diferentes a la Educación concursen
para dictar Didáctica. El perfil de la
convocatoria es: “Licenciado en
Educación mención Química, Profesor en Química, Licenciado en Química, todos
con estudios de cuarto nivel” . El Licenciado
en Química no es profesional de la educación como para aspirar a dictar la
asignatura Didáctica de la Química, esto es en detrimento del profesional en
Educación.
13.- Hay casos específicos donde se convocan
concursos similares y se excluyen profesionales de áreas comunes, por ejemplo,
el Licenciado en Historia tiene posibilidades de concursar en algunas
asignaturas de historia como es el caso de Historia de la Educación, pero en
otras no se le permite el concurso porque no está en el perfil requerido como
por ejemplo Historia de Venezuela y eso no tiene explicación al aplicar
criterios diferentes al mismo profesional y en áreas igualmente
profesionalizadas para el Licenciado en Historia.
14.- En cuanto a los jurados, se identifica lo
siguiente:
El artículo 10 del Estatuto
del Personal Docente y de Investigación de la Universidad de Carabobo
establece: “El Jurado para provisión de
cargos docentes, será designado por el Consejo de la Facultad, en la misma
oportunidad del llamado a concurso y estará integrado por tres (3) especialistas,
con sus respectivos suplentes en el área objeto de concurso, escogidos entre
los profesores de mayor categoría en el
escalafón dos en ese Departamento y el tercero de otro Departamento de la misma
Facultad. En caso de no contarse con los especialistas en número suficiente,
se seleccionarán especialistas de otra Facultad de esta Universidad y, en su
defecto se solicitará de otra Institución Universitaria del país”
Este articulado ha sido violentado en la mayoría de la
designación del Jurado, donde no se consideraron los docentes de “mayor
categoría en el escalafón” en la mayoría de los casos y en algunos otros se
irrespetó la designación regulada de “dos (jurados) en ese Departamento y el
tercero de otro Departamento de la misma Facultad”. Todo ello en claro desacato a las
regulaciones y me imagino que en desconocimiento del Consejo Universitario,
razón por la cual acudo a ustedes a efectos de corregir estas y otras
irregularidades de la convocatoria al concurso antes de comenzar a dar
resultados de valoración de los concursantes.
A continuación describo algunos casos que logré evidenciar:
Concurso en Economía,
jurados Prof. Luís Salas (P), Prof. José Tovar y Prof. Gladys Pérez solo un
jurado es interno y dos son externos al Departamento, aún cuando la normativa
exige dos internos y uno externo.
Concurso Educación
para la Vida Jurados Prof Narciso Peña (P), Prof. Yarimar Requena y Prof, Luis
Guanipa; hay dos Jurados externos al Departamento Ciencias Pedagógicas.
Concurso Cultura
Jurados Prof Jaime Ortíz, (P), Prof. Aida Macías y Prof, Martha Santos; los tres
son Jurados externos al Departamento Ciencias Pedagógicas.
Concurso Ciencias
Fácticas Jurados Prof Yrida Romero (P), Prof. Iris Díaz y Prof. Coromoto Dueñez
los tres son Jurados externos al Departamento Ciencias Pedagógicas.
Concurso Expresión
Lingüística Jurados Prof Miguel Pérez (P), Prof. Edith López y Prof. Melba
Ovieda dos son Jurados externos al Departamento Ciencias Pedagógicas.
Concurso Ciencias
Exactas Jurados Prof Isabel Sánchez (P), Prof. Omaira Fermín y Prof. Auad Jamil
dos son Jurados externos al Departamento Ciencias Pedagógicas.
Concurso Geo-Historia
de Venezuela Jurados Prof Magaly Rojas (P), Prof. Luis Hernández y Prof.
Virgilio Briceño dos son Jurados externos al Departamento Ciencias Pedagógicas.
Concurso Servicio
Comunitario en el Departamento de Orientación, Jurados Prof. Norexa Márquez P),
Prof. José Chirinos y Prof. Radames
Guzmán Los tres jurados son externos al Departamento, aún cuando la normativa exige
dos internos y uno externo.
La intervención del
Departamento de Matemática en la designación de jurados evaluadores llegó a
desconocer a docentes de trayectoria nacional e internacional, especialistas de
diferentes áreas y se involucraron jurados que no se encuentran relacionados en
lo absoluto con el desarrollo histórico y académico de esa mención.
Concurso en Geometría
y Física en el Departamento de Matemática y Física, jurados Prof. Omar Osman
(P), Prof. Rubén Díaz y Prof. Carlos García, dos jurados son externos al
Departamento, aún cuando la normativa exige dos internos y uno externo.
En el concurso de
Lógica Matemática se excluyó al Jefe de la Cátedra y se incorporaron dos
jurados externos al renunciar un principal (Aura Torrealba) su suplente es
externo y eso también viola la normativa.
En el concurso de
Algebra en el Departamento de Matemática y Física, jurados Prof. Giovanni Díaz
P) Prof. Mariangela Flores y Prof. Hernando González dos jurados son externos
al Departamento, aún cuando la normativa exige dos internos y uno externo.
En el concurso de
Física General y Experimental en el Departamento de Matemática y Física,
jurados Prof. Héctor Bethelmi P), Prof. Iliana Rodríguez y Prof. Eliana Peña
dos jurados son externos al Departamento, aún cuando la normativa exige dos
internos y uno externo
En el concurso de
Cálculo en el Departamento de Matemática y Física, jurados Prof. Giovanni
Pizzela P), Prof. Guillermo Moreno y Prof. Reyna Sequera dos jurados son
externos al Departamento, aún cuando la normativa exige dos internos y uno externo.
En el Concurso Física
Avanzada en el Departamento de Matemática y Física, jurados Prof. Rafael Muñoz
P), Prof. Nataly Bocaranda y Prof. Diana Nesbit dos jurados son externos al
Departamento, aún cuando la normativa exige dos internos y uno externo.
Algunos Jefes de
Cátedras no son jurados en ninguno de los concursos, como por ejemplo la prof
Ivel Páez y la Prof Carmen Omaira Pérez
En el concurso de Pedagogía
y Currículo la Jefa de Cátedra Dra Rosa Indriago fue desplazada en su condición
de Jefe de Cátedra como presidenta del Jurado.
En el concurso
Historia de la Educación los jurados Prof. Abraham Toro P), Prof. David Pacheco
y Prof. Luigui Frazzato los tres son jurados internos al Departamento de
Ciencias Pedagógicas, cabe destacar que la condición de profesor jubilado de
cualquier jurado, lo sigue manteniendo como interno al Departamento de donde se
jubiló y así está reflejado en un gran número de jurados dentro de esta misma
convocatoria a concurso y se aplicó como criterio en diferentes concursos. La reglamentación establece que dos jurados
son internos y uno externo y aquí hay violación a la norma en esta designación
de tres jurados internos.
En el concurso de
Práctica Profesional I, II y III el jurado fue designado sin considerar a los
docentes de mayor escalafón, donde algunos de ellos fueron excluidos como
jurados y la norma exige su incorporación, casos Prof. Nilda Ochoa, Prof. Luisa
Soto, Prof. Lilian Ortíz, entre otros y
eso es violatorio de la norma. Es de
destacar que los jurados pueden ser jurados en diferentes concursos como
efectivamente ocurrió en la presente convocatoria con casos particulares de
Prof. Jaime Ortíz, Prof. Marta Santos, (estos dos jurados están dos veces en
Arte y Tecnología Educativa y una en Ciencias Pedagógicas) y Prof. Gleny Perez
(en dos concursos diferentes en Arte y Tecnología Educativa), también en el
área de Francés los jurados Prof. Van Thu Tran (P), Prof. Johan Valentina
Sancler y Prof. Pedro Alemán se repiten en todos los concursos de la mención,
entonces la designación en otro concurso no descarta la participación como
jurado en su área de adscripción de Ciencias Pedagógicas donde es docente de
mayor escalafón y de mayor antigüedad que otros jurados designados en los
concursos de las Practicas Profesionales I, II y III.
En el concurso Lengua
Extranjera Francés, Práctica de la Expresión Francesa y Fonética y Fonología el
jurado Prof. Van Thu Tran (P), Prof.
Johan Valentina Sancler y Prof. Pedro Alemán tiene dos jurados externos aún
cuando la norma establece que deben ser dos internos y uno externo.
En el Concurso de
Evaluación de los Aprendizaje se desconoció al Jefe de la Cátedra Profesor José
Chourio como presidente del Jurado y se ubicó al Jurado Externo como presidente,
lo cual no está contemplado en ninguna normativa como posibilidad.
En el concurso
Plataforma Computacional los jurados Prof. Lubiza Osio (P), Prof. Álvaro Moreno
y Prof. Carlos Brito tiene dos jurados externos aún cuando la norma establece
que deben ser dos internos y uno externo.
En el concurso
Programación y Datos los jurados Prof. Régulo Lugo (p), Prof. Angel Almarza y
Prof. José Fernández tiene dos jurados externos aún cuando la norma establece
que deben ser dos internos y uno externo.
En el concurso
Sistemas los jurados Prof. Jairo Mendoza ( P), Prof. Samir El Hamra y Prof.
Carmen Marín tiene dos jurados externos
aún cuando la norma establece que deben ser dos internos y uno externo.
En el concurso de
Biomédica los jurados Prof. Viviana Palacios P), Prof. Scarlett Skiriloff y
Prof. Yamileth Vieira tiene dos jurados
externos aún cuando la norma establece que deben ser dos internos y uno
externo. Cabe destacar que el Prof.
Lester Storey que tiene reconocimiento nacional e internacional en esta área y
es docente ordinario del Departamento de Educación Física Deporte y Recreación
fue excluido de forma inexplicable.
En los concursos
convocados en el Departamento de Biología y Química la profesora Yadira Chacón
coordinadora de la Mención, solo fue incluida en un concurso para un solo
cargo, aún cuando en otros Departamentos y concursos diferentes se repitieron
jurados. La profesora Chacón es la única
profesora ordinaria de este Departamento y todos los jurados fueron externos a
la Facultad. Tampoco fue incluido en
estos concursos de Biología el coordinador de la Mención profesor Samir El
Hamra, quien está como jurado en Informática.
En estas
observaciones de los jurados designados, hay un porcentaje que supera al 33%
con anormalidades que en la mayoría de los casos son violatorias de la norma
que rige a los concursos de oposición de la Universidad de Carabobo, por lo que
no dudo que se realizarán las revisiones de rigor y se establecerán los
correctivos necesarios para concretar acciones en pro del avance académico de
la Universidad de Carabobo y del respeto a las personas que están aspirando
ingresar a la nómina de personal ordinario.
15.- Finalmente convoco para que se haga una
revisión de los contenidos publicados por cada asignatura, porque logré
detectar que los correspondientes a la Asignatura Evaluación de los
Aprendizajes no se corresponden con el programa vigente de la asignatura y
responden a un programa y una visión de la evaluación educativa superada en
nuestras aulas de clase desde hace muchos años y como estos contenidos nunca
fueron consultados a las cátedras, por lo menos al Departamento de Evaluación y
Medición, no son responsabilidad de los jurados ni de este Departamento. Hay que enmendar estos contenidos y corregir
con los que realmente se desarrollan en la asignatura Evaluación de los
Aprendizaje según su programa vigente.
Estas contradicciones,
omisiones y deficiencias en la convocatoria pueden ser un reflejo de lo
irregular que tienen los criterios para los diferentes cargos, es necesario que
se ajusten para que realmente sea equilibrado y respondan a las necesidades
académicas de la Facultad de Ciencias de la Educación. De lo contrario estaremos en presencia de una
convocatoria que socaba derechos a concursantes y que evidentemente pudieran conducir
al beneficio de otros aspirantes.
Los problemas pueden
ser afrontados a lo interno en la Universidad pero la disposición debe ser de
todos, comenzando por quienes están convocando a los concursos y al Consejo
Universitario con un comportamiento universitario y no politizado, por eso
considero que debemos mejorar los procesos y no presentar escenarios que
permiten interpretaciones que en nada ayudan a la academia.
Manuel Martínez
Bunicón
C.I. 7184645
Jefe del Departamento
de Evaluación y Medición
Contacto 04168419471