Distinguidos AMIGOS
DE LA FACE-UC respetuosamente llamamos su atención en relación a
revisar acuciosamente documento emanado del Consejo Universitario,
sesión ordinaria Nro. 1.585 de fecha 17/05/2010, donde este se
pronuncia en aparte “a” sobre lo siguiente:
“Los profesores ordinarios que no cumplan con los cinco
(05) años de adscripción al Departamento de que se trate, no podrán ejercer funciones
como Jefes de Departamento, de conformidad con lo preceptuado en el artículo 5,
parágrafo único, en concordancia con lo establecido en el artículo 18,
literales a y b, del referido instrumento normativo.”
Si esta decisión del Consejo Universitario se acepta como legal, la Profesora Brígida Ginoid Sánchez de Franco, no pudo ser Jefe de Departamento por no cumplir con este requisito, es decir, NO TIENE COMO PROFESORA ORDINARIA CINCO (05) AÑOS, nos preguntamos ¿Cómo es que no pudo ser Jefe de Departamento de Ciencias Pedagógicas de FaCE? ¿Bajo qué argumento el Consejo Universitario la designó Decana de la FaCE, violentando su propia legislación?
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